lunes, 7 de noviembre de 2016


  Significado de los términos: Inhabilidad, Incompatibilidad, y Conflicto de Intereses




Inhabilidad: 
E
s entendida como una limitación de la capacidad para contratar con las entidades estatales y obedecen a la falta de aptitud o carencia de una cualidad, calidad o requisito del sujeto que lo incapacita para poder ser parte de una relación contractual. 





Incompatibilidad: Hace referencia con la imposibilidad de coexistencia que cabe  predicar respecto de dos o más elementos, circunstancias, cosas e incluso personas.





Conflicto de Intereses: Hace referencia a la concurrencia de intereses
antagónicos en quien ejerce funciones públicas, razón por la cual puede verse empañada la transparencia de las decisiones que le competen tomando determinaciones de beneficio personal, familiar o particular en contravía del interés público.




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